jueves, 12 de julio de 2018

CONCEPTO JURÍDICO DE TRABAJO


Concepto jurídico del trabajo

Hay distintas definiciones de trabajo. El concepto jurídico de trabajo ha variado a lo largo de la historia, y el surgimiento del Derecho del Trabajo encuentra su justificación, su razón de ser en la historia.

LA HISTORIA DEL TRABAJO = HISTORIA DE LA HUMANIDAD


¿CUÁNDO COMENZÓ A CONSOLIDACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO?


  • Con la internacionalización y la constitucionalización de estos derechos.
  • La Constitución de Querétaro (México) de 1917 y la Constitución de Weimar (Alemania) de 1919 son las dos Constituciones pioneras que, por vez primera, contemplaron en su articulado a los derechos sociales (y entre ellos los laborales). Ambos textos constitucionales son los hitos originales que marcaron el inicio de esta tendencia que se desarrolló en el siglo XX y se expandió rápidamente en Europa y, seguidamente, en los países de Latinoamérica.
  • Se habla de una ‘constitucionalización del Derecho del Trabajo’ e, incluso, de un Derecho Constitucional del Trabajo.
  • Internacionalización del Derecho del Trabajo, A lo largo del siglo XX, se ha producido la llamada “internacionalización” del Derecho del Trabajo. Poco a poco los derechos laborales fueron incorporándose en tratados internacionales de derechos humanos.
  • Existe un instrumento a nivel internacional muy importante que es la OIT (1919), principal órgano productor de la normativa internacional del trabajo. Su principal característica es su composición tripartita, pues todos sus órganos internos se integran por: Representantes de los gobiernos de los Estados miembros; los representantes de los trabajadores de cada Estado; y los representantes de los empleadores de cada Estado.
Las primeras consolidación en derecho laboral en Uruguay aparecen en el siglo XX, primeras leyes de Batlle.





¿POR QUÉ SE DA UNA UNIVERSALIZACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO?




1- La universalización de los problemas que presenta el trabajador subordinado.
2- La consolidación de la idea que para lograr la paz social debe haber una justicia social.
3- La economía se internacionaliza y con ella los problemas que el comercio genera.
4- Surgen Pactos Internacionales, tratados y declaraciones que garantizan o intentan garantizar determinados derechos.
5- Desarrollo de las migraciones y el derecho que la regula.
En Uruguay la Constitución de 1967 recoge al trabajo desde dos perspectivas:
  • como acto humano, (solo el ser humano puede hacerlo)
  • como beneficiario de ese acto (solo el ser humano que realiza el acto puede ser beneficiario)
Constitución Sección II “Derechos Deberes y Garantias” – capitulo 1,2 y 3.
Artículo 7 – Derecho al trabajo.
Artículo 33 – Derecho al trabajo intelectual, derecho de autor/inventor o artista.
Art. 36 - Libertad para elegir el tipo de trabajo siempre que sea lícito.
Art. 45. - Derecho a una vivienda higiénica y económica para obreros.
Art. 53.- Protección especial de la ley, consagración del derecho. (deber-derecho de trabajar)
Art. 55 – Responsabilidad de la empresa sobre personal que debe permanecer en el establecimiento, proporcionar alimentos y alojamiento.
Art. 57. - Derecho a la sindicalización y derecho de huelga.
Art. 67. - Organización de la seguridad social, reconoce como derecho a todo trabajador.
Art. 72 – La enumeración de derechos laborales no excluye otros que puedan ser inherentes a la persona.
Art. 332 – Ningún derecho ni mecanismo dejara de aplicarse por falta de reglamentacion efectiva.

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